Modelo 347 en comunidades de vecinos: Obligaciones, peculiaridades y sanciones

Desde 2014, el Modelo 347 es una declaración informativa que las comunidades de vecinos deben presentar ante la Agencia Tributaria si han realizado operaciones con terceros que superen los 3.005,06 euros en un año natural. Aunque las comunidades de propietarios no tienen actividad empresarial, sí pueden estar obligadas a presentar este modelo en ciertos casos.

¿Por qué es importante que las comunidades de vecinos presenten el Modelo 347?

Las comunidades de propietarios realizan habitualmente gastos elevados en servicios como limpieza, mantenimiento de ascensores o administración. La Agencia Tributaria exige la declaración de estas operaciones para garantizar la transparencia y el control fiscal de las transacciones económicas.

Si una comunidad de vecinos no presenta el Modelo 347 estando obligada a hacerlo, puede enfrentarse a sanciones económicas. Por ello, es fundamental conocer en qué situaciones se debe presentar y cómo hacerlo correctamente.

Peculiaridades del Modelo 347 para comunidades de vecinos

Las comunidades de propietarios tienen un régimen especial en la presentación del Modelo 347. Algunas de sus peculiaridades son:

  1. Obligación limitada: Solo deben declararse las operaciones que superen los 3.005,06 euros anuales con un mismo proveedor.
  2. Operaciones a incluir: Se deben reflejar gastos como:
    • Servicios profesionales.
    • Servicios de mantenimiento y conservación de ascensores, jardines o limpieza.
    • Honorarios de administradores de fincas.
  3. Exclusión de ciertas operaciones: No se incluyen pagos a la Seguridad Social, impuestos municipales ni retribuciones de empleados propios de la comunidad. Tampoco el importe del gasto del seguro comunitario.
  4. Declaración desglosada por trimestres: Los importes deben dividirse por trimestres dentro del ejercicio fiscal correspondiente.

Sanciones por no presentar el Modelo 347

Si una comunidad de vecinos no presenta el Modelo 347 cuando está obligada, puede enfrentarse a sanciones impuestas por la Agencia Tributaria, que podrían oscilar entre 300 euros y un máximo de 20.000 euros.

Además, si la comunidad de vecinos presenta el modelo con errores o fuera de plazo, Hacienda podría imponer sanciones adicionales. En casos graves de omisión intencionada, la comunidad podría ser inspeccionada, lo que supondría mayores complicaciones administrativas y posibles penalizaciones económicas más severas.

Conclusión

La presentación del Modelo 347 en comunidades de vecinos es una obligación fiscal que no debe pasarse por alto. Conocer sus peculiaridades y asegurarse de cumplir con la normativa evitará sanciones y garantizará la correcta gestión fiscal de la comunidad. Para evitar errores, es recomendable contar con el asesoramiento de un administrador de fincas profesional que se encargue de la tramitación y presentación del modelo dentro del plazo legal establecido, que suele ser hasta el último día de febrero del año siguiente al ejercicio declarado.

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