El modelo 111 es uno de los documentos fiscales que las comunidades de propietarios deben presentar trimestralmente a la Agencia Tributaria en España. Este modelo sirve para declarar las retenciones que la comunidad ha practicado a profesionales o trabajadores durante el periodo correspondiente. A continuación, resolvemos las principales dudas sobre este trámite obligatorio y las posibles sanciones por incumplimiento.
¿Qué es el modelo 111 y cuándo debe presentarlo una comunidad de propietarios?
El modelo 111 es un documento fiscal que informa de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF realizadas por la comunidad de propietarios a:
- Profesionales autónomos que prestan servicios a la comunidad (administradores de fincas, abogados, arquitectos, etc.).
- Trabajadores contratados directamente por la comunidad (porteros, personal de limpieza, jardineros, etc.).
La presentación es trimestral, con los siguientes plazos:
- 1 al 20 de abril: Retenciones del primer trimestre.
- 1 al 20 de julio: Retenciones del segundo trimestre.
- 1 al 20 de octubre: Retenciones del tercer trimestre.
- 1 al 20 de enero: Retenciones del cuarto trimestre del año anterior.
¿Cómo saber si tu comunidad debe presentar el modelo 111?
La obligación de presentar este modelo depende de si la comunidad realiza retenciones. Las situaciones más comunes son:
- Contratación de profesionales autónomos: Si su administrador de fincas, un abogado, un arquitecto u otro profesional factura a la comunidad con retención de IRPF, esta debe incluirse en el modelo 111.
- Empleados contratados: Si la comunidad tiene trabajadores en plantilla, deberá declarar las retenciones practicadas en sus salarios.
En caso de no existir retenciones, la comunidad no está obligada a presentar el modelo 111.
¿Qué sucede si el modelo 111 no se presenta correctamente?
El incumplimiento en la presentación o la presentación incorrecta del modelo 111 puede conllevar sanciones económicas:
- Presentación fuera de plazo sin requerimiento: Recargos del 1% por cada mes de retraso hasta los 12 meses, además de intereses de demora.
- Presentación fuera de plazo con requerimiento: Sanción mínima de 200€ y una multa que puede llegar al 50% de la deuda no ingresada.
- Errores en los datos declarados: Multas de hasta 150€ por cada error si se considera una infracción leve.
Además, una gestión incorrecta puede derivar en problemas legales y administrativos para la comunidad.
¿Cómo gestionar correctamente el modelo 111?
Para evitar sanciones, es fundamental:
- Revisar todas las facturas emitidas por profesionales externos y nóminas de empleados.
- Contar con el asesoramiento de un administrador de fincas o gestor especializado, que se encargue de realizar el cálculo de las retenciones e ingresar el importe a Hacienda.
- Usar herramientas digitales que automaticen los registros y el cálculo de las retenciones.
Conclusión
La presentación del modelo 111 es una responsabilidad clave para las comunidades de propietarios que trabajan con profesionales o empleados. Cumplir con este trámite garantiza la transparencia fiscal y evita sanciones que pueden afectar a los vecinos. Si necesitas asesoramiento para gestionar este modelo, no dudes en contar con la ayuda de expertos en administración de fincas.
Preguntas frecuentes sobre el modelo 111
- ¿Puede una comunidad presentar el modelo 111 si no tiene administrador de fincas?
Sí, siempre que gestione correctamente las retenciones y cumpla con los plazos establecidos. - ¿Qué retenciones deben declararse?
Las retenciones aplicadas en facturas de profesionales y las realizadas en las nóminas de empleados. - ¿Qué ocurre si la comunidad no está registrada como pagadora?
Deberá inscribirse en la Agencia Tributaria mediante el modelo 036 o 037 antes de poder presentar el modelo 111.
Optimiza la gestión del modelo 111 en tu comunidad y evita problemas fiscales con una correcta planificación.