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¿Cómo dar de alta la electricidad al mudarme a una vivienda nueva?

Dar de alta la electricidad es un proceso sencillo y habitual que todo usuario debe realizar para disponer de electricidad en su hogar. Esto implica un costo y un plazo específicos y se puede realizar por teléfono, en línea y en persona.

 

¿Cómo dar de alta la electricidad?

Para realizar el alta de electricidad hay que ponerse en contacto con la compañía eléctrica con la que se decida contratar este suministro.

Obviamente, antes de realizar el alta de electricidad se debe poseer una instalación eléctrica, la acometida de la distribuidora y el certificado de instalación eléctrica.

Cuando se va a dar de alta la electricidad podemos encontrarnos en dos tipos de situaciones:

  • En el inmueble nunca ha habido suministro puesto que se trata de un inmueble de obra nueva.
  • En el inmueble ha habido suministro anteriormente pero se encuentra dado de baja.

 

Alta de electricidad en vivienda nueva

Dar de alta la electricidad en una vivienda nueva implica una serie de gestiones que el cliente debe realizar junto con la empresa comercializadora para poder tener suministro por primera vez:

Compruebe si la casa tiene conexión eléctrica: si no se ha realizado la instalación, póngase en contacto con el distribuidor de electricidad.

Solicite el Boletín Eléctrico: documento que contiene toda la información sobre la instalación eléctrica en la vivienda. Lo realiza un electricista.

Póngase en contacto con el comercializador: el alta de electricidad debe realizarse con una compañía comercializadora.

Aportar la documentación solicitada: La empresa solicitará al usuario una serie de documentos necesarios para el registro de la electricidad.

 

Alta de electricidad en vivienda de segunda ocupación

Dar de alta la electricidad en una vivienda de segunda ocupación es un proceso menos costoso que el anterior. Sin embargo, antes de dar de alta la electricidad se debe saber por qué se dio de baja:

  • Propietarios que alquilan su vivienda: en algunos casos, los inquilinos de un piso de alquiler solicitan una baja de suministro para rescindir responsabilidades.
  • Personas que tienen una segunda vivienda.
  • Usuarios que se mudan a otro domicilio por una compraventa.
  • Situación de impago: la comercializadora solicita la baja de suministro por deudas del titular.

 

Coste del alta de electricidad

El alta de electricidad conlleva un coste para el cliente, que deberá abonar los derechos de registro de la electricidad para poder beneficiarse de este suministro. Estos serán abonados a la empresa distribuidora de la zona, la empresa encargada de conectar la casa a la red eléctrica. El precio del alta de electricidad es la suma de estos tres derechos:

Derechos de extensión: 17,37 €/kW + IVA

Derechos de acceso: 19,70 €/kW + IVA

Derechos de enganche: 9,04 € + IVA

 

Requisitos para dar de alta la electricidad

La persona que solicita un alta de electricidad en su hogar debe facilitar una serie de datos y/o documentación a la comercializadora:

  • Nombre, apellidos y DNI del titular del contrato
  • Código Universal del Punto de Suministro (CUPS); este dato aparece en una factura antigua o se consigue solicitándolo a la distribuidora de zona.
  • Potencia eléctrica: es necesario calcular la potencia que quieres dar de alta, ya sea mediante alguna calculadora online o preguntando a un electricista.
  • Certificado de Instalación Eléctrica
  • Dirección exacta de la casa
  • Número de cuenta

Comunidades de propietarios y nuevas tarifas eléctricas 2.0TD

Definitivamente, nos da igual la estructura tarifaria que se aplique o que se cambien los hábitos de consumo o que se rebajen los impuestos de la factura eléctrica; si no se reduce el precio de la energía en su origen, es decir, en ese ente oscuro y susceptible de oscilaciones inverosímiles que es el mercado mayorista no podremos surtirnos del tan necesario suministro a un precio razonable, y seguiremos asistiendo a este incomprensible trasvase de riqueza desde los bolsillos, cada vez más esquilmados, de los usuarios y consumidores a las cuentas de resultados de las compañías eléctricas predominantes.

En cuanto al suministro en las comunidades de propietarios, señalar que no es este un ámbito en el que se puedan modificar los hábitos de consumo porque no podemos aplazar el uso del ascensor a la una de la madrugada para beneficiarnos del periodo horario en el que más barata es la luz, al igual que el alumbrado habrá que seguir usándolo cuando haya que acceder al edificio independientemente del precio de la electricidad en ese momento. A pesar de estas limitaciones en las posibilidades de optimización del uso de la energía, la aplicación de la nueva estructura tarifaria, en vigor desde el 1 de junio pasado, no habría supuesto un incremento sustantivo respecto a los meses anteriores si el precio del megavatio/hora no hubiera pasado de 30,62 €, en junio de 2020, a 83,29 €, en junio de 2021.

Tras comparar las facturas de un mismo punto de suministro a zonas comunes de un edificio y habiendo proyectado el gasto con igual periodo y consumo en los meses de junio de 2020 y 2021, se observa que ni la disminución de precio de la potencia ni la del I.V.A. han conseguido contrarrestar el imparable ascenso del precio de la energía, por lo que en 2021 la factura eléctrica ha sido mucho más cara que en 2020, aunque también confirma las previsiones de que, a igual precio en la energía, la nueva estructura tarifaria no supone un incremento significativo del gasto eléctrico, disminuyéndolo, incluso, en los contratos que anteriormente estaban acogidos a un solo periodo, sin discriminación horaria.

La misma tendencia se observa en los consumos domésticos, con la diferencia de que en este contexto sí es posible y recomendable trasladar los consumos principales (lavadora, lavavajillas, secadoras…) a la franja horaria comprendida entre las 00:00  y las 8:00 horas o a los sábados, domingos y festivos, periodos en los que el precio de la electricidad es más bajo.

Un detalle a destacar, refiriéndome al mercado regulado (Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor -PVPC-) para potencias contratadas menores de 10 kW, es que, en la nueva factura eléctrica, la manera de aplicar el concepto “Coste de la Energía” impide conocer qué precio se paga por la luz en cada uno de los periodos horarios, ya que dicho concepto añade una cantidad fija al Término de Energía de la factura, sin desglosarla por franjas horarias, lo cual dificulta aún más entender sin equívocos  los costes para poder compararlos con otras ofertas del mercado libre. Desde la Organización de Consumidores y Usuarios ya se está reivindicando la obligación de que el citado concepto aparezca detallado con claridad.

Parece ser que lograr el control público de los precios de la electricidad reviste ciertas dificultades, entre otras, que habría que contar con la autorización de la Unión Europea para cambiar el diseño del mercado, la cual ya ha sido solicitada por el Gobierno. También parece imprescindible dar mayor peso a las energías renovables para dejar de depender de otras fuentes más caras, como el gas,  estando incluido tal impulso en la nueva Ley de cambio climático y transición energética aprobada el pasado mes de mayo, y que prevé que en 2050 el 100 % de la electricidad sea de origen verde.

Mientras tanto, habrá que seguir buscando las mejores tarifas de luz, no dejar de reclamar un sistema eléctrico equitativo y, dentro de lo posible, disminuir y optimizar el consumo, sin perder de vista las grandes posibilidades que nos ofrece ya el autoconsumo energético.

Cómo acogerse a la moratoria hipotecaria por alerta sanitaria

La moratoria aprobada por el Gobierno en el Real Decreto Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, consiste en el aplazamiento del pago de las cuotas a aquellas personas deudoras de un préstamo con garantía hipotecaria para la compra de su vivienda habitual y que hayan visto disminuidos sus ingresos como consecuencia de la emergencia sanitaria por coronavirus.

 

Quién se puede acoger a la moratoria hipotecaria?

Las personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad económica al concurrir las siguientes circunstancias:

  • Estar en situación de desempleo o, en el caso de empresarios o profesionales, que sufra una caída de sus ingresos o ventas de al menos el 40%.
  • Que el conjunto de los ingresos de todos los miembros de la familia no supere en el mes anterior a la solicitud de la moratoria tres veces el IPREM (es decir, que no supere 1.613,52 €), aunque en el artículo 9.1.b se establecen incrementos de esta cantidad si en la unidad familiar hay: hijos a cargo, mayores de 65 años y/o miembros con discapacidad y/o enfermedad, pudiendo alcanzar hasta cinco veces el IPREM (2.689,20 €).
  • Que la cuota hipotecaria, más los gastos y suministros básicos, resulte superior o igual al 35% de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar.
  • Que la familia haya sufrido una disminución significativa en sus posibilidades económicas de acceso a la vivienda como consecuencia de la emergencia sanitaria, que implique que la repercusión de la cuota hipotecaria sobre la renta familiar se ha multiplicado por al menos en 1.3.

 

Solicitud de la moratoria

El plazo de presentación de solicitudes a las entidades financieras para acogerse a esta moratoria es de un mes y 15 días, contados desde el 17/03/2020 (aunque previsiblemente dicho plazo será prorrogado), siendo necesaria la aportación, junto a la solicitud, de la siguiente documentación:

  • Si el deudor hipotecario ha perdido su trabajo, certificado expedido por el SEPE o por la entidad gestora autonómica que tenga transferidas las competencias (en Murcia, el SEF).
  • En caso de cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia, mediante certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o el órgano competente de la Comunidad Autónoma, en su caso, sobre la base de la declaración de cese de actividad declarada por el interesado.
  • Acreditación de los componentes de la unidad familiar:
    • Libro de familia o documento acreditativo de pareja de hecho.
    • Certificado de empadronamiento relativo a las personas empadronadas en la vivienda, con referencia al momento de la presentación de los documentos acreditativos y a los seis meses anteriores.
    • Declaración de discapacidad, de dependencia o de incapacidad permanente para realizar una actividad laboral.
  • Acreditación de la titularidad de los bienes:
    • Nota simple del servicio de índices del Registro de la Propiedad de todos los miembros de la unidad familiar, que se puede obtener en la oficina física del Registro de la Propiedad, o, telemáticamente, en registradores.org.
    • Escrituras de compraventa de la vivienda y de concesión del préstamo con garantía hipotecaria.
  • Declaración responsable del deudor o deudores relativa al cumplimiento de los requisitos exigidos para considerarse sin recursos económicos suficientes según este real decreto-ley.

 

Concesión, efectos y duración

Las entidades financieras dispondrán de un plazo de 15 días para implementar la moratoria e informar de su existencia y duración al Banco de España.

La presentación de la solicitud implica la suspensión de la deuda hipotecaria durante el plazo de un mes, aunque podría prorrogarse dependiendo de la duración de la alerta sanitaria, periodo en el que el banco no podrá exigir el pago de la amortización de capital del préstamo, de sus correspondientes intereses ni de intereses o comisiones o penalizaciones por mora.

 

Penalizaciones por fraude

Se sancionará a quienes se hayan beneficiado de la moratoria sin reunir los requisitos o hayan maniobrado para situarse o mantenerse en situación de vulnerabilidad a fin de obtener la aplicación de estas medidas.

 

Qué hacer si no se reúnen los requisitos para acogerse a la moratoria del Gobierno?

Aquellos deudores hipotecarios que no reúnan las condiciones para acogerse a la moratoria por COVID-19, disponen, en principio, de dos opciones:

  • Solicitar al banco una carencia de hipoteca, lo que permitiría, si es concedida, aplazar el pago aunque con el consiguiente incremento por intereses.
  • Solicitar al banco la ampliación del plazo de amortización del préstamo.

 

MÁS INFORMACIÓN

Algunas claves para ahorrar energía en tu nueva vivienda.

Para conseguir un ahorro eficiente en tu hogar es importante tener en cuenta aspectos como la decoración pero también otros aspectos más técnicos.

Crear un espacio eficiente, autogestionable y que no suponga una gran inversión en suministros ni mantenimiento es clave para cualquier usuario. Por eso, un espacio confortable con las instalaciones básicas y además con una eficiencia energética óptima harán que el usuario se sienta más que cómodo en su hogar, especialmente si a final de mes la factura de la luz, el gas y el agua no suponen una gran inversión de dinero.

¿Cómo crear un hogar eficiente? 

Para crear un hogar eficiente es importante tener en cuenta dos aspectos básicos: el aspecto estético que influye de forma indirecta en el rendimiento del hogar y el ahorro de energía, y el aspecto técnico que será parte fundamental de ese ahorro.

Para ello hay que tener en cuenta aspectos, como:

  • La distribución del hogar y con ello, la distribución de los suministros. Potenciar con luz artifical aquellas zonas que no dispongan de luz natural, o instalar calefacción en las zonas más frías.
  • Revisar puertas y ventanas para mejorar el aislamiento térmico que evitará el aumento considerable de la factura de la luz.
  • Utilizar herramientas y consejos, como ocu para contratar la luz y el gas. En este caso, contratar la luz y el gas (https://www.companias-de-luz.com/contratar-luz-y-gas/) deberá ser una tarea en la que el usuario deberá tener en cuenta aspectos, como las rutinas del hogar o la cantidad de electrodomésticos que hay en el inmueble. Este proceso de contratar la luz y el gas puede realizarse online sin ningún tipo de problema.
  • Como mencionamos anteriormente, para contratar una tarifa de luz y gas es importante realizar una comparativa de comercializadoras eléctricas y de gas. Para ello, un buen comparador de luz y gas será la clave para obtener unos resultados exactos. Dichos comparadores de luz y gas ofrecen resultados actualizados del sector de las energías que ayudarán al usuario a encontrar la tarifa que mejor se adapte a sus necesidades.
  • Por último, y no menos importante, los hábitos de consumo del hogar serán primordiales para reducir la factura de la luz y el gas del hogar.

 

En definitiva, la eficiencia energética se centra en equilibrar las fuentes de energía naturales con las artificiales, y encontrar la forma de aprovechar la luz natural o los suministros eléctricos de manera que nos faciliten más la vida pero al mismo tiempo, nos ayuden a reducir nuestra factura de la luz, el agua y el gas.

Otro aspecto importante a tener en cuenta es la decoración como parte influyente del ahorro. Las texturas, colores y materiales serán indispensables para potenciar el ahorro y la eficiencia energética. La publicación Hola ya ofrece algunos consejos sobre los errores más comunes a la hora de decorar un hogar.

Austeridad sin riesgos.

La contribución del administrador a lograr una comunidad de propietarios en sintonía pasa necesariamente por procurar su estabilidad económica y el mayor ahorro posible para sus miembros, cuidando siempre que los suministros y servicios cuenten con la calidad necesaria para cubrir adecuadamente las necesidades para las que son contratados.

Trabajar con proveedores homologados que cumplan todos los requisitos en cuanto a cualificación técnico-profesional y a normativa fiscal, laboral y jurídico-administrativa a que estén sometidos; recabar información en cuanto a nuevos productos y ofertas; analizar, desde el principio de prudencia, los efectos de su posible implantación; y proponerla a la Junta si se considera viable. De esta forma, logramos  mantener un presupuesto contenido sin comprometer la seguridad y el bienestar de los usuarios del edificio.

La media de ahorro en las principales partidas que componen el presupuesto de las comunidades que administro: Mantenimiento Ascensor, Mantenimiento Sistemas Contraincendios, Administración, Seguro, Gastos Financieros y Suministro Eléctrico, ha sido del 21,05 %, según figura en la siguiente tabla:

  • MEDIA AHORRO ANUAL EN EUROS
  • MANTENIMIENTO ASCENSOR
  • MANT. CONTRA INCENDIOS
  • ADMINISTRACIÓN
  • SEGURO
  • GASTOS FINANCIEROS
  • SUMINISTRO ELÉCTRICO
  • TOTALES
  • MEDIA AHORRO ANUAL EN EUROS
  • 330,18 €
  • 42,73 €
  • 558,76 €
  • 6,95 €
  • 42 ,73 €
  • +35,70 €
  • 155,37  €
  • MEDIA AHORRO ANUAL EN %
  • 18,04 %
  • 51,67 %
  • 41,80 %
  • 1,01 %
  • 51,67 %
  • +7,34 %
  • 21,05 %

(Esta comparativa se ha elaborado calculando las medias de la diferencia de los importes de cada partida presupuestaria  antes de comenzar mi gestión como administrador y tras las últimas cuentas aprobadas).

 

Señalar el suministro eléctrico como la bestia negra de las estrategias de reducción de gastos; las permanentes subidas del precio de la electricidad limitan el alcance de las mismas a la disminución del consumo sin que esta se vea reflejada en el gasto real que hay que pagar cada mes. No obstante, la media de aumento (7,34 %) es muy inferior al incremento de las tarifas eléctricas durante los últimos cinco años(35,60 %).

Por otro lado, Gastos Financieros con el 51,67 % y Administración con el 41,80 % son las partidas en las que mayor ahorro se ha conseguido, habiendo llegado en algunas comunidades determinadas hasta una reducción del 75,55 % y del 60,00% respectivamente.

Periódicamente, revisamos los precios y características de los servicios y suministros contratados para intentar localizar oportunidades de mejora en cuanto a precio y/o prestaciones.

 

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5 años y 15 metros cúbicos y medio.

Oí, no recuerdo dónde, que en los años de bonanza (podríamos situarnos en 2000, 2004 ó 2006), una gran inmobiliaria grababa con su logo los mondadientes que se usaban, primero, para pinchar los tentempiés con los que agasajaban a su clientela y, después, para eliminar  esos incómodos y antiestéticos restos que solían quedar entre aquellos adulados piños. Al tiempo, desaparecieron la clientela, los tentempiés, la inmobiliaria y, en consecuencia, los carísimos palillos personalizados, que eran sufragados, como no podía ser de otra manera, por aquellos lisonjeados clientes vía generosas comisiones. Todo nos indicaba que habría que adaptarse a nuevos tiempos de ajustes, recortes y sufrimiento generalizados.

Se replantearon estrategias a fin de eliminar gastos superfluos para bajar precios sin menoscabar la calidad del producto. Por ejemplo, Mercadona quitó el satinado de los bricks de leche, se eliminaron las etiquetas  para comenzar a imprimir los prospectos directamente en los envases de cosméticos, o se cambió la posición de embalado del pan de molde para reducir los costes de transporte. Y entendimos que las manzanas que se exponen sobre un palé pueden ser más saludables y baratas que las envasadas de seis en seis, con colorido etiquetado y brillo artificial.

La confluencia de esta situación económica con el imparable avance de la tecnología e internet propició la aparición de nuevas formas de negocio y la consolidación de otras surgidas con anterioridad, también basadas en la web, (comercio electrónico, seguros, banca, prensa, etc.), que han cambiado fórmulas centenarias en la adquisición de productos o servicios, y la forma de relacionarnos con las empresas que nos los proveen, sin que la administración de fincas o la gestión inmobiliaria hayan podido escapar a estos cambios.

 

NUEVOS PUNTOS DE ENCUENTRO COMUNERO/A – ADMINISTRADOR. 

El/la comunero/a no quiere ir al despacho de su administrador; tiene otras cosas más importantes que hacer: ir de compras, llevar al parque al hijo o a la nieta, leer, ver la tele, trabajar, salir con las amigas… Y, puesto que los hilos de comunicación con el administrador están abiertos permanentemente a lo largo del día de forma remota (teléfono, email, whatsapp, app…), ¿para qué habilitar un despacho como punto de encuentro comunero-administrador si supone un coste muy elevado que finalmente deberá asumir el primero, y, además, podría comprometer seriamente la continuidad del negocio del segundo? ¿por qué no trasladar ese punto de encuentro al propio edificio administrado en los casos que resulte necesaria la interactuación personal con el/la cliente/a?

Tras cinco años de trabajo, he comprobado que se puede suprimir  casi por completo uno de los gastos que mayor peso tiene en el presupuesto de un despacho profesional en general y de un administrador de fincas en particular: el alquiler o amortización de un local más el que conlleva mantener un horario fijo de atención al público.Y a la vez mejorar la atención a la clientela, evitándole desplazamientos y estableciendo un trato más cercano. 

 

DOCUMENTACIÓN DIGITALIZADA Y EN LA NUBE. 

La digitalización de la documentación posibilita una considerable mejora de la gestión de recursos porque permite:

  • Aumentar la productividad al agilizar el acceso, consulta y archivado de la misma.
  • Reducir el gasto de mano de obra de manipulación y archivado, y el del gran volumen de espacio físico que requiere un archivo en papel que no para de crecer.
  • Disponer de toda la información de las comunidades en el móvil o el portátil, desde cualquier lugar, a cualquier hora.

De la documentación digitalizada se realizan diariamente copias de seguridad que se almacenan en varios servidores externos (nube) alojados en centros de datos que cumplen la normativa europea de protección de datos y los estándares internacionales en materia de conservación y disponibilidad de los mismos (clasificaciones Tier III y Tier IV), y que cuentan con instalaciones de máxima seguridad con niveles de protección mucho más elevados que los existentes en cualquier oficina.

El 98% de la documentación de nuestras comunidades se encuentra digitalizada, ya que ello también es necesario para habilitar herramientas que favorezcan el flujo de información comunero-administrador.

 

DESPACHO 24 HORAS. 

La tranquilidad que supone para un propietario ser conocedor de la situación real de su comunidad genera una relación de confianza con su administrador que facilita enormemente el desempeño de la profesión. Por ello, para realizar una gestión transparente, nuestros clientes tienen a su disposición el DESPACHO 24 HORAS con el que, desde el ordenador, la tablet o la app del móvil, podrán ver documentos (facturas, contratos, pólizas, informes contables…), consultar las incidencias ocurridas en el edificio y las gestiones realizadas para su resolución, enviar notificaciones al administrador…

 

EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS.

Asumir el compromiso de ofrecer información veraz y actualizada requiere dedicación diaria a la mecanización de contabilidad y a la tramitación de incidencias y siniestros, siendo de gran ayuda contar con los programas de gestión adecuados que permiten la automatización de tareas, aunque también, cuando se produce un aumento del volumen de la actividad o existen picos de trabajo, hay que recurrir a servicios profesionales externos y especializados que ofrecen todas las garantías en cuanto a la ejecución de las tareas y al escrupuloso cumplimiento en materia de protección de datos, mejorando la eficacia del servicio final que puedo ofrecer a mi clientela.

 

QUINCE METROS CÚBICOS Y MEDIO. 

Es el volumen de espacio desde el que vengo realizando estos últimos cinco años mi actividad de administrador de fincas, contando con la colaboración imprescindible de los equipos profesionales que me ayudan a resolver las incidencias que surgen en el día a día de la gestión de edificios y realizando mucho trabajo de calle, nos esforzamos en optimizar los recursos para que nuestra clientela cuente con una atención de calidad sin que tenga que pagar por servicios que no necesita ya sea en forma de locales, sillas de trescientos euros o de mondadientes personalizados.

 

Ayudas del Plan de Vivienda 2018-2021

El 10 de marzo pasado se publicó en el BOE el real decreto que regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021. En julio se firmó el convenio entre el Ministerio y la Comunidad Autónoma y ya están convocándose las ayudas contempladas en el mismo y que se concretan en las siguientes líneas de actuación:

1. Programa de ayuda al alquiler de vivienda. Provisto con 10,54 millones de euros, se destina a facilitar el acceso al alquiler de viviendas durante un año a personas con pocos recursos, mediante la aportación de entre el 30 y el 50% del importe de la renta mensual.

2. Programa de ayuda a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual. Consistente en el pago del alquiler de un máximo de 400 €/mes durante 3 años a familias en situación de deshaucio, ya sea por impago del alquiler o de la hipoteca.

3. Programa de fomento del parque de vivienda en alquiler. Con el fin de estimular la promoción de viviendas destinadas únicamente al alquiler, se provisionan 13,88 millones durante la duración del vigente Plan de Vivienda.

4. Programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas. Esta línea de ayudas subvencionará con 13,98 € millones las obras que mejoren la envolvente térmica de los edificios, la instalación de equipos y/o dispositivos que optimicen el acondicionamiento térmico de las viviendas, la instalación de energías renovables (solar fotovoltaica, solar térmica, biomasa, geotermia…) y las obras de adaptación a los parámetros establecidos en el Código Técnico de la Edificación.
5. Programa de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas. Destinado a la conservación y rehabilitación de edificios (cimentación, instalaciones, cubiertas, fachadas…) y la mejora de la seguridad y accesibilidad (instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, etc..), y dotado con 14,34 millones de euros.
6. Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural. Enfocado al desarrollo de obras de renovación de cascos urbanos o espacios rurales de municipios y con 14,34 millones de presupuesto, sus beneficiarios serán ayuntamientos y comunidades de propietarios.
7. Programa de ayuda a los jóvenes. Se destinan 5,09 millones a facilitar a menores de 35 años con escasos recursos la adquisición de viviendas en municipios de menos de 5.000 habitantes o al alquiler.
8. Programa de fomento de viviendas para personas mayores y personas con discapacidad. Ayudas por valor de 4,81 millones a la construcción de viviendas en régimen de alquiler o cesión de uso para personas mayores o con discapacidad.

Ya se han convocado las ayudas para la rehabilitación de edificios y viviendas, y para el acceso a la vivienda (adquisición y alquiler), y en los próximos años se irán publicando nuevas convocatorias.

He procurado sintetizar la información para no extenderme demasiado, si necesita alguna aclaración puede contactar conmigo aquí.

Cláusulas suelo: ya tenemos sentencia, ¿y ahora qué?

Bueno,  las asociaciones de consumidores y los tribunales europeos han hecho el trabajo que deberían haber realizado los gobiernos e instancias judiciales nacionales. Tras años de lucha en la calle y en los juzgados, se reconocen como nulas, por abusivas, las cláusulas suelo de los préstamos hipotecarios y se obliga a las entidades financieras a devolver los importes cobrados indebidamente a los usuarios al no haber aplicado la variabilidad de los intereses financieros en su sentido estricto, sino de forma arbitraria en el propio beneficio de dichas entidades.

No insistiremos, pero no olvidemos, en la mala práctica de los bancos, ni en la inoperancia de los gobiernos que deberían haber velado por el interés de sus ciudadanos, ni tampoco, y lo más importante, en la mansedumbre, por desconocimiento, con la que todos nosotros hemos firmado y aceptado durante décadas nuestros préstamos hipotecarios, sin haber estudiado previamente su contenido y, por tanto, sin prever las graves consecuencias que tendría en nuestra economía y en nuestras vidas la aceptación de unas condiciones que hemos descubierto lesivas y carentes de equidad.

Ahora lo que toca es ponernos manos a la obra para conseguir que nos devuelvan nuestro dinero.

Es muy importante no aceptar ningún acuerdo con los bancos a este respecto sin que previamente haya sido supervisado por asesores cualificados e independientes.

Por el momento, el Gobierno no se ha manifestado en cuanto a la posibilidad de habilitar medios para ayudar a la ciudadanía a recuperar el dinero que le ha sido sustraído de forma fraudulenta y hacer cumplir así la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Facua y OCU ya disponen de plataformas web a través de las cuales atiende a sus asociados  afectados.

Por su parte, Adicae, además de la web, pone a disposición de los asociados sus delegaciones provinciales y sus voluntarios locales para asesorar y recabar la documentación necesaria a fin de tramitar las reclamaciones, la cual, inicialmente, será: copia de la escritura del préstamo y las posteriores novaciones o modificaciones sobre el mismo, fotocopias de los DNI de todos los titulares del préstamo y el último recibo pagado (es posible que posteriormente sea necesario aportar otros documentos).

Insisto en que las asociaciones de consumidores se han convertido en las herramientas más eficaces para protegernos de los abusos de las grandes corporaciones.

Hagamos uso de ellas. Es nuestro derecho y nuestra obligación.

 

 

 

Electricidad a precio de coste + 1 €

En septiembre pasado empezó a prestar sus servicios, bajo la denominación de Pepeenergy, la comercializadora eléctrica de Pepephone, empresa de bajo coste de telefonía e internet y pertenecientes ambas al grupo Viajes Halcón, ofreciendo una manera distinta de facturar la electricidad que consumen sus clientes.

Este “experimento”, según lo califican en el manifiesto que aparece en la propia web de Pepeenergy, consiste en vender energía eléctrica 100% procedente de fuentes renovables (eólica, fotovoltaica e hidráulica) al mismo precio que se compra, añadiendo 1 € de beneficio en cada factura mensual, o 2 € si la potencia contratada es mayor de 5,75 Kw, y 0,25 € para sufragar un seguro que da cobertura de pago durante un año a los clientes que pudieran quedar en situación de paro laboral.

Hasta aquí todo claro. Ahora se complica un poco: a los precios indicados, que se facturan cada mes, hay que añadir una cantidad que elige cada usuario en función del consumo que estime que va tener,  cuando llegue la lectura (normalmente cada dos meses) se realizará una facturación con el consumo exacto correspondiente al periodo a precio de coste, es entonces cuando Pepeenergy devolverá el dinero que haya facturado de más o cobrará el dinero que haya facturado de menos.

Hay que tener en cuenta que al igual que en las facturas de todas las comercializadoras, hay que añadir el alquiler del contador (si no es en propiedad), el impuesto sobre la electricidad y el IVA.

Pero vamos a lo más importante, ¿nos podemos creer que nos están facturando realmente al mismo precio al que han comprado? Bueno, en principio sí, porque este precio es público y puede comprobarlo cualquier ciudadano accediendo a la web de Red Eléctrica Española y compararlo con los precios que aparecen en pepeenergy.com. Entiendo que la nueva comercializadora ha de ser muy estricta en el cumplimiento del compromiso que es el pilar fundamental de su estrategia comercial: vender al mismo precio que compra. Y además, ha de ser completamente transparente a la hora de permitir al usuario la verificación de la veracidad de esas cifras.

Si no lo hacen así, el proyecto fracasará en breve.

Soy cliente de Pepephone desde hace siete años y nunca he tenido ningún problema con ellos. Han sido muy claros (cosa rara en el mundo de la telefonía) al explicarme sus tarifas y muy rigurosos en el cumplimiento de sus compromisos, y cuentan además con la solvencia financiera y el prestigio de su empresa matriz, por lo tanto confío en que en esta nueva aventura van a seguir en la misma línea.

Hay que probar y ver si efectivamente esta fórmula  va a suponer algún ahorro en la factura de la luz o no.

Yo me he apuntado. Creo que para antes de septiembre os podré dar una opinión sobre el resultado del experimento.

Por último señalar que hay otra comercializadora que aplica la misma estrategia: Lucera.

Por fin, las ayudas a la rehabilitación edificatoria.

El pasado 31 de diciembre de 2015 se publicó en el B.O.R.M. la orden que aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a la rehabilitación edificatoria en la Región de Murcia, dotadas inicialmente con 2.000.000 €, que se ampliarían posteriormente hasta casi 9.000.000 €.

Podrán acogerse a las ayudas los edificios:

  • Finalizados antes de 1981.
  • Destinados a alquiler durante más de diez años.
  • Con graves daños estructurales.

Las obras subvencionables serán:

  • De Conservación, detectadas como desfavorables en el lnforme de Evaluación de Edificios, y que afecten, entre otras, a:
    • Cimentación: estructura e instalaciones.
    • Obras de adaptación a normativa vigente en instalaciones comunes de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones.
  • Obras de mejora de calidad y sostenibilidad, que reduzcan la demanda energética en al menos un 30%:
    • Obras de envolvente térmica: aislamiento, carpintería, acristalamientos, dispositivos bioclimáticos, etc., ajustándose al documento básico DB-HE1 del Código Técnico de la Edificación.
    • Instalación de equipos que utilicen energía Caben obras de mejora eficiencia   eléctrica,   ahorro   de agua,   residuos,   aislamiento acústico…
    • Instalación o sustitución de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación, etc.
  • Obras de adecuación de edificios en materia de accesibilidad:
    • Instalación y adaptación a normativa de ascensores,   salvaescaleras   y dispositivos para discapacitados
    • Instalación   elementos   de   apoyo   que   permitan   el   acceso   de discapacitados a zonas
    • Instalación de elementos de información, aviso u orientación en escaleras y ascensores. Elementos de comunicación entre viviendas y el exterior.

Las cuantías máximas de las subvenciones serán del 35% del coste de las obras de conservación y de mejora de calidad y sostenibilidad, y del 50 % en las de mejora de la accesibilidad, no pudiendo sobrepasar en ningún caso 11.000 € por vivienda ó por cada 100 m2 de local.

Insistir en que uno de los requisitos indispensables en todos los casos es la presentación del Informe de Evaluación de Edificios.

El plazo máximo para la presentación de las solicitudes será el 29 de febrero de 2016, y para la ejecución de las obras subvencionables, el 30 de septiembre de 2016.

 

 

 

Seguro de comunidad

No disponer de un seguro de comunidad que cubra los siniestros que afecten a las zonas e instalaciones comunes del edificio, supone que los comuneros tengan que asumir el coste económico de los mismos en función del coeficiente de participación de cada uno.

A estas alturas, en la juntas de vecinos, no se debate si contratar o no el seguro, sino con qué compañía, a qué precio o con qué coberturas hacerlo.

Las coberturas básicas de un seguro de comunidad son:
• Continente: daños ocasionados en la construcción (paredes, estructura, revestimientos…), incluso, por norma general, los ocasionados en elementos privados.
• Contenido: enseres, mobiliario, etc. de uso comunitario.
• Daños por agua: ocasionados por la rotura de tuberías o instalaciones comunitarias. Últimamente las aseguradoras amplían esta cobertura a los daños ocasionados por atascos, cubriendo también los gastos de desatasco y limpieza de tuberías.
• Responsabilidad civil (RC). Esta garantía cubre las reparaciones y las indemnizaciones que la Comunidad tuviera que pagar a terceros por los daños que tengan su origen en elementos comunes. En el caso de que se produzcan daños personales, esas indemnizaciones pueden ser cuantiosas, por lo que es conveniente contratar una cobertura mínima de 300.000 euros.

AHORRO PARA LOS COMUNEROS
Un seguro con estas coberturas para un edificio de menos de diez años de antigüedad, de 15 viviendas, 5 locales y 10 garajes suele costar sobre unos 500 € anuales.

Cabe la posibilidad de contratar además la garantía de daños por agua de tuberías y grifos privativos, la cual supone un incremento del 25% aproximadamente. De esta forma, los comuneros sólo tendrían que contratar en su seguro privado de hogar la cobertura de contenido (electrodomésticos, mobiliario, joyas…) y responsabilidad civil, ya que tanto el continente como los daños por agua estarían cubiertos por las garantías comunitarias, resultando generalmente más ventajosa está fórmula a pesar de tener que pagar un poco más por el seguro del edificio.

Por último, es importante señalar que los propietarios que tienen hipoteca y que están obligados a garantizar el valor de su vivienda ante la entidad financiera, pueden ceder a ésta sus derechos sobre el continente del seguro comunitario y así evitarán pagar dos veces por dicha cobertura: una a través de la comunidad y otra a través del seguro privado de la vivienda.